Con este proyecto se busca eliminar parcialmente la restricción que contempla el artículo 9 de la Ley 91 de 1993, en cuanto señala que las áreas de reservas forestales, naturales, parques naturales y otras especiales ubicadas en zonas de frontera, no podrán ser objeto sustracción parcial, con el fin de buscar un desarrollo sostenible de estas áreas especiales no sólo en beneficio de un grupo minoritario sino para toda la comunidad que se encuentra asentada en los diferentes territorios.