El proyecto pretende, para efectos del reconocimiento y otorgamiento de la pensión, contabilizar como doble, todo el tiempo en que el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales, Personal del Nivel Ejecutivo y Agentes de la Policía Nacional, alumnos de las escuelas de formación de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, y Soldados de las Fuerzas Militares fueron víctimas del delito de secuestro.