El Fondo Nacional de Garantías creado por la presente ley, tendrá por objeto garantizar el acceso a créditos que otorga el Icetex y/o cualquier otra entidad crediticia con fines educativos a quienes aspiran a realizar estudios o ya se encuentren adelantando éstos, en el nivel tecnológico, universitario, avanzado y en alguna institución de la fuerza pública, que no puedan ofrecer las garantías exigidas ordinariamente por el Icetex y/o otras entidades crediticias para tales fines.