El presente proyecto de ley dicta disposiciones acerca de los Organismos de Acción Comunal. Dicta disposiciones acerca de los domicilios, la forma de constitución de los Organismos, las acciones destinadas a garantizar el carácter democrático de la estructura interna y el funcionamiento, el registro de afiliados, las funciones de la secretaría general, las comisiones de trabajo, entre otros aspectos relacionados con los Organismos de Acción Comunal.