La presente ley tiene por objeto transformar la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, como ente universitario autónomo del orden nacional, vinculado al Ministerio de Educación Nacional con régimen especial.
La Universidad Nacional Abierta y a Distancia tendrá como ámbito de sus actividades el territorio nacional e internacional, podrá crear sedes y centros regionales de Educación Superior, Tecnológica y Técnica a Distancia, adelantar planes, programas y proyectos por sí sola o mediante convenios con otras entidades públicas o privadas, nacionales e internacionales.