Política

Número de Cámara: 268/02 No. Senado: 158/01

Por medio de la cual se modifica parcialmente la Ley 9 del 24 de enero de 1979.

Carlos Ardila Ballesteros
Liberal Colombiano
Estado actual: Archivado en Debate Diciembre 11 de 2002

Sinópsis

Para asegurar las condiciones de calidad en la producción de carne de pollo crudo, adiciona un nuevo artículo a la Ley 09 de 1979 del siguiente tenor: "Se entenderán homologados para su utilización en todo el territorio nacional los equipos y procesos tecnológicos producidos e implementados en el exterior, relacionados con el sacrificio de aves y su procesamiento posterior, los cuales hayan sido aprobados por autoridades en el área de alimentos de amplio reco nocimiento internacional como la F.D.A. de Estados Unidos de América. Cualquier ciudadano podrá solicitar al Ministerio de Salud, que se prohíba la utilización de un determinado equipo o proceso tecnológico que resulte homologado mediante el presente artículo, cuando a su juicio el equipo o proceso pueda afectar gravemente la salud de los consumidores.

Noviembre 07 de 2001
Radicado
Noviembre 09 de 2001
Publicación
Gaceta 567/01
Noviembre 21 de 2001
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 594/01
Noviembre 21 de 2001
Aprobado Primer Debate
Gaceta 116/02
Abril 25 de 2002
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 132/02
Junio 11 de 2002
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 242/02
Noviembre 05 de 2002
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 469/02
Diciembre 11 de 2002
Archivado en Debate
Gaceta 94/04