Con el proyecto de ley se pretende que la Locución en Colombia sea una disciplina de formación profesional integral, dentro de la concepción que hace parte de la comunicación oral para cumplir funciones de información social, difusión cultural, recreativa, comercial, científica y deportiva a través de ondas electromagnéticas públicas y privadas. Para cumplir con el artículo 26 de la Constitución Política de Colombia, se hace necesario reglamentarla como profesión, establecer sus funciones públicas y sus debidos controles. El proyecto de ley obliga a los medios de comunicación públicos y privados, para que sus servicios habituales o permanentes de carácter informativo oral estén a cargo de locutores profesionales, al igual que cuando haya necesidad de realizar rectificaciones, se hagan en condiciones de igualdad, con responsabilidad solidaria, tanto del medio de comunicación oral como del locutor implicado. Igualmente, se responderá solidariamente cuando haya lugar a sanciones de tipo judicial o disciplinario por la no rectificación o por condiciones de no equidad de la misma.