Busca establecer mecanismos, tendientes a facilitar y hacer menos onerosas las actividades de socorro, ayuda humanitaria, prevención y atención de desastres, y en general aquellas relacionadas con situaciones de calamidad pública o doméstica que eventualmente pueden afectar a un ciudadano o a una comunidad entera, con la excepción para el pago de los peajes para algunos vehículos de rescate. La excepción no comprende siquiera los vehículos de servicio administrativo de las entidades de socorro, sino que se limita a los carros que prestan el servicio operativo, debidamente identificados, es decir, aquellos que realizan la acción de socorro o de rescate en sí misma.