Para obtener la Tarjeta Profesional de Abogado Litigante y ejercer la profesión como litigante o conciliador, será necesario que el interesado haya obtenido el título profesional en Universidad debidamente reconocida y con el lleno de los requisitos exigidos por la Ley y la Universidad, acreditado el ejercicio de la práctica profesional de que trata esta ley y superado satisfactoriamente el examen especial de Estado para Abogados Litigantes y Conciliadores. Ningún abogado podrá ejercer su profesión como abogado litigante ni actuar como conciliador sin Tarjeta Profesional de Abogado Litigante que lo acredite, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley.