El proyecto tiene por objeto disponer las reglas y principios que rigen las actividades de cabildeo con el fin de garantizar la mayor transparencia en la formación de las leyes, formulación de las leyes, modificación o adopción de los actos de la Rama Ejecutiva del poder público, al igual que la adopción de políticas, programas y posiciones de la misma. Para efectos del proyecto, el término "actividades de cabildeo" se refiere a:
1.Los contactos de cabildeo: Cualquier comunicación oral o escrita dirigida a cualquier servidor público.
2.Los esfuerzos tendientes a apoyar dichos contactos.
3.La comunicación de origen democrático: Todas las comunicaciones de sectores organizados de la población, tales como juntas administradoras locales, organizaciones no gubernamentales, sindicatos, cultos religiosos, con el propósito de dar a conocer una cierta decisión pretendida y de presionar para su adopción.