Modifícase el artículo 4° de la Ley 534 del 11 de noviembre de 1999, por medio de la cual se establece la cuota de fomento para la modernización y diversificación del subsector tabacalero y se dictan otras disposiciones. Toda persona jurídica que cultive tabaco y toda persona natural o jurídica que importe tabaco es sujeto de la cuota de fomento para la modernización y diversificación del subsector tabacalero.