Política

No. Senado: 64/01

Por medio de la cual se fijan las pautas par la clasificación y reclasificación de los organismos de tránsito del orden municipal.

Luis Humberto Gómez Gallo
Conservador Colombiano
Estado actual: Retirado por el Autor Mayo 15 de 2002

Sinópsis

Los municipios, al contar con su organismo de tránsito y transporte municipal podrán hacer frente a la crisis económica de sus tesorerías y generar nuevos ingresos corrientes de libre destinación, los cuales serán suficientes para financiar su funcionamiento. La prestación de los servicios lo realizará el organismo de tránsito municipal directamente o mediante delegación o contratación con entidades públicas o particulares, a través de la privatización o de la figura de outsourcing. De otra parte la administración, con su organismo de tránsito, podrá prestar de manera directa los servicios relacionados con matrículas, traspasos, pago de impuestos, certificados de movilización, licencias de tránsito, expedición de licencias, entre otros, sin que sus habitantes deban desplazarse para recibir estos servicios.

Agosto 03 de 2001
Radicado
Agosto 08 de 2001
Publicación
Gaceta 371/01
Septiembre 06 de 2001
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 439/01
Mayo 15 de 2002
Retirado por el Autor
Gaceta 284/02