1. Las expresiones "tendrá prelación para ser reubicado", referidas al personal de las empresas de servicios públicos domiciliarios del Distrito Capital, en las cuales se suprimió el control fiscal ejercido por las Revisorías, significan que las vacantes que se presenten en dichas empresas en lo relativo al control interno deberán ser llenadas obligatoriamente, antes que con terceros, con trabajadores que tenían esa calidad en el momento de la supresión.
2. Por lo tanto, los ex trabajadores que desempeñaron cargos en las aludidas dependencias y no fueron reubicados, deben s erlo en las vacantes que se presenten, antes de cualquier otro candidato, so pena de ineficacia del nombramiento, en cargo de igual o superior categoría a los que venían ejerciendo.