Política

No. Senado: 183/01

Por la cual se reforma la Comisión Nacional del Servicio Civil, se expiden normas sobre la carrera administrativa general, incluidas las carreras administrativas especiales de creación general y se dictan otras disposiciones.

Héctor Helí Rojas Jiménez
Liberal Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2001

Sinópsis

La carrera administrativa general es un sistema técnico de administración de personal para las entidades y organismos del Estado regidos por la misma, que en la selección de los empleados públicos no reconoce motivos distintos a los de sus méritos, capacidades, virtudes y talentos, con el fin de garantizar la eficiencia, moralidad y transparencia en la Administración Pública y ofrecer igualdad de oportunidades para el acceso al servicio público, la capacitación, la estabilidad en los empleos y el ascenso como también establecer la forma de retiro del servicio. Para alcanzar estos objetivos, el ingreso, la permanencia y el ascenso en los empleos de carrera administrativa se hará exclusivamente con base en el mérito, sin que motivos como raza, religión, sexo, filiación política o consideraciones de otra índole puedan tener influjo alguno. Su aplicación no podrá limitar ni constreñir el libre ejercicio del derecho de asociación a que se refiere el artículo 39 de la Constitución Política.

Abril 02 de 2001
Radicado
Abril 10 de 2001
Publicación
Gaceta 116/01
Junio 12 de 2001
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 310/01
Junio 20 de 2001
Archivado por Tránsito de Legislatura