Crea una tarjeta de recreación, cultura y deporte gratuitos para las mujeres mayores de cincuenta y cinco años (55) y los hombres mayores de sesenta (60) años, residentes en el Territorio Nacional. Dicha tarjeta, que será expedida por el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Educación Nacional se denominará Pasaporte Vital. Los Ministerios de Educación Nacional, de Trabajo y Seguridad Social, de salud y los institutos adscritos a cada uno de ellos, la superintendencia de Subsidio Familiar, y demás entidades del orden nacional, departamental, distrital y municipal que por su objeto social designe el Gobierno Nacional, orientarán políticas y recursos para la concepción y diseño de programas que hagan cumplir con el objeto de esta ley. Los portadores del Pasaporte Vital, tendrán derecho a participar en todos y cada uno de los programas de recreación ofrecidos por las Cajas de Compensación Familiar, de manera gratuita, en un número igual a la mitad de los cupos ofrecidos que no hayan sido ocupados por afiliados de la respectiva caja de compensación en el último trimestre para cada uno de los programas ofrecidos.