Las entidades descentralizadas adscritas o vinculadas directa o indirectamente al Ministerio de Comunicaciones, así como las sociedades de economía mixta cuyo objeto social sea la prestación de telefonía fija básica conmutada local, en donde los aportes accionarios sean mayoría de las entidades del sector público, quedan por mandato del proyecto, autorizadas a prestar el servicio de televisión por suscripción.