Política

No. Senado: 139/00

Por la cual se interpreta con la autoridad la Ley 37 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

Enrique Rafael Caballero Aduén
Liberal - Movimiento Lider
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2001

Sinópsis

Las entidades descentralizadas adscritas y las vinculadas al Ministerio de Comunicaciones, así como las entidades de segundo grado o indirectas, pertenecientes al mismo ministerio, que prestan servicios de telecomunicaciones, de conformidad con la autorización a que se refiere el artículo 9 de la Ley 37 de 1993, al celebrar contratos asociativos, constituir sociedades de capitales o establecer alianzas estratégicas entre sí, o con otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, comprendidos dentro de la modalidad "joint venture" o asociación a riesgo compartido de capitales, se han de regir por las reglas de derecho privado y por las reguladas en la presente disposición.

Diciembre 13 de 2000
Radicado
Diciembre 21 de 2000
Publicación
Gaceta 513/00
Junio 20 de 2001
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