Política

Número de Cámara: 125/00 No. Senado: 121/00

Por la cual se expiden disposiciones sobre la organización y funcionamiento de la administración pública y se otorgan unas facultades al Presidente de la República.

Ministro del Interior, Humberto de la Calle Lombana Ministro del Interior, Humberto de la Calle Lombana
Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Manuel Santos Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Manuel Santos

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2001

Sinópsis

El Presidente de la República, como máxima autoridad administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, podrá ordenar o disponer la fusión de entidades u organismos administrativos del orden nacional, creados, organizados o autorizados por la ley, cuando:
1. Exista duplicidad de funciones con otras entidades del orden nacional.
2. Los objetivos y las funciones a cargo de las entidades sean transferidos a otras entidades u organismos nacionales.
3. Cuando por evaluaciones de la gestión administrativa o financiera considere que los objetivos y las funciones de las respectivas entidades u organismos deben ser cumplidas por una sola

Noviembre 10 de 2000
Radicado
Noviembre 20 de 2000
Publicación
Gaceta 458/00
Diciembre 05 de 2000
Publicada ponencia primer y tercer debate
Gaceta 513/00
Junio 20 de 2001
Archivado por Tránsito de Legislatura