Se establecen las formas de coordinación entre la jurisdicción especial indígena y el sistema judicial nacional, de conformidad con el artículo 246 de la Constitución Política de Colombia, esperando con el mismo, aportar al desarrollo legal de la nueva Constitución, en particular, en lo relacionado con la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana y el pluralismo jurídico como expresión de ese reconocimiento.