El situado fiscal aumentará en igual proporción a la inflación proyectada para esa vigencia más un porcentaje fijo equivalente al 1.5%. Para el primer reajuste se tomará como monto total del situado fiscal el 29% de los ingresos corrientes de la Nación. La participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación, incrementará a partir del año 2001, año por año, en igual proporción a la inflación proyectada para la correspondiente vigencia y más un porcentaje equivalente al 1.5%. Para el primer reajuste se tomará como monto total de las participaciones el 22% de los ingresos corrientes de la Nación, presupuestados en la vigencia inmediatamente anterior.