Para ser elegido veedor se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener más de 30 años de edad y haber desempeñado alguno de los cargos de magistrado de tribunal superior o administrativo o haber ejercido con buen crédito por 10 años a los menos una profesión con título universitario. El veedor será elegido por el Concejo Distrital durante el primer mes de sesiones ordinarios, para un período de 3 años . A los funcionarios de veeduría se les aplicará el mismo régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto para el personero distrital.