En todo los juicios de investigación de paternidad o maternidad responsable, el juez, de oficio ordenará como única prueba válida el examen científico del ADN, para establecer las características antropo-heredo-biológicos paralelas entre el hijo y el presunto padre o madre. El resultado positivo del examen del ADN, constituirá plena y única prueba válida y como consecuencia, el juez de conocimiento, mediante sentencia que no admite recursos, decretará la paternidad o maternidad.