Política

Número de Cámara: 09/00 No. Senado: 06/01

Por la cual se regula la tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos.

Jorge Alberto Gerlein Echeverría
Movimiento Nacional
Estado actual: Sancionado como Ley Julio 19 de 2002

Sinópsis

En el proyecto, se regula la tenencia de los ejemplares caninos en los sitios públicos y zonas comunes de propiedad horizontal o conjuntos residenciales, los cuales deberán ser portados por sus dueños con correa y además con bozal en caso de que los ejemplares pertenezcan a la clasificación de perros potencialmente peligrosos. También se prohíbe que los dueños o tenedores de ejemplares dejen los excrementos de sus perros en sitios y lugares públicos como las vías y los parques. Se establecen sanciones como la multa, el trabajo comunitario y el decomiso del animal por el incumplimiento de las medidas. El arresto inconmutable de tres a cinco días, se aplicará a quienes sean renuentes en el cumplimiento de la sanción por no recoger los excrementos.

Julio 26 de 2000
Radicado
Agosto 01 de 2000
Publicación
Gaceta 300/00
Marzo 21 de 2001
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 86/01
Abril 04 de 2001
Aprobado Primer Debate
Gaceta 131/01 226/01
Mayo 16 de 2001
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 236/01 320/01
Junio 14 de 2001
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 320/01 343/01
Octubre 16 de 2001
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 523/01
Noviembre 28 de 2001
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 119/02
Diciembre 13 de 2001
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 650/01
Diciembre 14 de 2001
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 75/02 226/02
Junio 18 de 2002
Aprobada Conciliación
Gaceta 244/02 282/02
Julio 19 de 2002
Sancionado como Ley