El presente proyecto de ley regula la liquidación de regalías cuando la comercialización de los recursos naturales se realice entre las partes relacionadas. Específicamente, prohíbe suministrar como precio de referencia provisional para efectos de liquidar regalías un precio que esté por debajo del precio promedio del mercado internacional cuando las productoras de carbón comercialicen el mineral a través de empresas vinculadas, además de dictar otras disposiciones necesarias para el cumplimiento del objetivo del presente proyecto de ley.