Las asignaciones directas de las participaciones en las regalías y compensaciones monetarias, provenientes por cualquier concepto de los recursos naturales no renovables, destinadas a los municipios del departamento de Sucre, se distribuirán equitativamente teniendo siempre como criterios la igualdad objetiva, el tamaño de la población de cada ente territorial y la población con necesidades básicas insatisfechas, conforme a los principios de proporcionalidad, beneficio y equidad.