Créase la Gerencia Administrativa y Técnica del Congreso de la República, como una entidad descentralizada del orden nacional, adscrita a la Rama Legislativa del Poder Público, de carácter especial, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio propio, para la prestación de los servicios administrativos y técnicos del Congreso de la República y cada una de sus Cámaras, los cuales comprenden las áreas legislativa y a dministrativa.