Política

No. Senado: 92/00

Por la cual se desarrolla el artículo 22 de la Constitución Política de Colombia sobre el derecho y el deber a la paz y se dictan otras disposiones.

Ingrid Betancourt Pulecio
Verde-Oxígeno
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 23 de 2001

Sinópsis

El proyecto desarrolla el ejercicio, derecho y deber fundamental a la paz, consagrado por el artículo 22 de la Constitución Politica, y señala las facultades jurídicas y los deberes correlativos que frente a ese derecho tienen los particulares y las autoridades. La paz, entendida como derecho y como deber, representa una doble funcionalidad. Como derecho, el hombre tiene la facultad natural para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida, es decir, la facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en su favor. Como deber, hace referencia a aquello que está obligado el hombre por las leyes naturales o positivas.

Septiembre 19 de 2000
Radicado
Septiembre 22 de 2000
Publicación
Gaceta 383/00
Junio 22 de 2001
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 319/01
Junio 23 de 2001
Archivado por Tránsito de Legislatura