Política

Número de Cámara: 191/01 No. Senado: 63/00

Por la cual se modifica el artículo 7 de la Ley 01 de 1991 (valor de las contraprestaciones de las concesiones portuarias).

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado en Debate Diciembre 13 de 2001

Sinópsis

Periódicamente el Gobierno Nacional definirá, por vía general, en los planes de expansión portuaria, la metodología para calcular el valor de las contraprestaciones que deben dar quienes se beneficien con las concesiones portuarias. Esta contraprestación se otorgará a a Nación y a los municipios o distritos en donde opere el puerto, en proporción de un 30% a la primera y un 70% a la segunda.

Agosto 16 de 2000
Radicado
Agosto 18 de 2000
Publicación
Gaceta 336/00
Noviembre 30 de 2000
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 480/00
Diciembre 07 de 2000
Aprobado Primer Debate
Gaceta 184/01
Febrero 05 de 2001
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 20/01
Abril 18 de 2001
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 155/01
Junio 14 de 2001
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 300/01
Agosto 22 de 2001
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 440/01 18/02
Septiembre 03 de 2001
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 440/01
Diciembre 13 de 2001
Archivado en Debate
Gaceta 40/02