Política

Número de Cámara: 145/99 No. Senado: 208/99

Por la cual se establece un régimen que promueva y facilite la reactivación empresarial y la reestructuración de los entes territoriales para asegurar la función normal de las empresas y lograr el desarrollo armónico de las regiones y se dictan disposiciones para armonizar el régimen legal vigente con las normas de esta ley.

Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo
Ministro de Desarrollo Económico, Jaime Alberto Cabal Ministro de Desarrollo Económico, Jaime Alberto Cabal

Otros autores del proyecto

Estado actual: Sancionado como Ley Diciembre 30 de 1999

Sinópsis

La presente ley es aplicable a toda empresa que opere de manera permanente en el territorio nacional, realizada por cualquier clase de persona jurídica, nacional o extranjera, de carácter privado, público o de economía mixta, con excepción de las vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria que ejerzan actividad financiera y de ahorro y crédito, de las vigiladas por la Superintendencia Bancaria y de las Bolsas de Valores y de los intermediarios de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios sujetos a la vigilancia de la Superintendencia de Valores.

Octubre 20 de 1999
Radicado
Octubre 26 de 1999
Publicación
Gaceta 390/99
Diciembre 01 de 1999
Publicada ponencia primer y tercer debate
Gaceta 543/99
Diciembre 01 de 1999
Aprobado Primer y Tercer Debate
Gaceta 543/99 550/99
Diciembre 14 de 1999
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 550/99
Diciembre 16 de 1999
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 560/99
Diciembre 16 de 1999
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 576/99 601/99
Diciembre 16 de 1999
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 603/99 01/00
Diciembre 16 de 1999
En Conciliación
Gaceta 606/99
Diciembre 17 de 1999
Aprobada conciliación en Senado
Gaceta 606/99
Diciembre 30 de 1999
Sancionado como Ley
Gaceta 02/00 08/00