Política

Número de Cámara: 221/99 No. Senado: 141/99

Por medio de la cual se aprueba la Cuarta Enmienda del Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional, adoptado por la Junta de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional el 23 de septiembre de 1997.

Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo
Viceministra de Relaciones Exteriores, María Fernanda Campo Viceministra de Relaciones Exteriores, María Fernanda Campo

Otros autores del proyecto

Estado actual: Sancionado como Ley Mayo 10 de 2001

Sinópsis

La propuesta de la enmienda consiste en igualar las asignaciones de DEG de los países miembros del Fondo, aproximadamente 29.32% de sus cuotas a septiembre 19 de 1997. Esto implica una asignación de acumulada de DEG por un valor aproximado de 42.500 milones de los cuales corresponderían a Colombia 163 millones. Se brinda entonces a los países miembros un mayor asignación de DEG, más ajustada a sus cuotas en el Fondo.

Octubre 14 de 1999
Radicado
Octubre 20 de 1999
Publicación
Gaceta 381/99
Noviembre 16 de 1999
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 446/99
Noviembre 17 de 1999
Aprobado Primer Debate
Gaceta 182/00
Diciembre 04 de 1999
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 513/99
Diciembre 16 de 1999
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 603/99
Abril 04 de 2000
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 83/00
Agosto 02 de 2000
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 334/01
Noviembre 16 de 2000
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 451/00
Abril 17 de 2001
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 195/01
Mayo 10 de 2001
Sancionado como Ley
Gaceta 223/01