Los miembros de la Junta Directiva del Banco de la República quedarán inhabilitados para ejercer actividades políticas durante un años después de terminado su período. Las inhabilidades de orden constitucional y legal de los Congresistas, se aplicarán por igual a los miembros de la Junta Directiva. Estarán inhabilitados los miembros de la Junta Directiva, el Ministro de Hacienda y el Director de Planeación, durante el año siguiente al vencimiento de su período o de ser presentada su renuncia, para ser integrantes del FMI, BID y de los diferentes bancos mundiales.