Política

No. Senado: 98/98

Por la cual se desarrolla parcialmente el artículo 187 de la Constitución Política de Colombia, a fin de establecer la remuneraciòn de los miembros del Congreso.

Carlos Moreno de Caro
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 1999

Sinópsis

La asignación de los miembros del Congreso se reajustará cada año en proporción igual al promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración central, según la certificación que para el efecto expida el Contralor General de la República.

Septiembre 29 de 1998
Radicado
Octubre 01 de 1998
Publicación
Gaceta 203/98
Junio 15 de 1999
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 170/99
Junio 20 de 1999
Archivado por Tránsito de Legislatura