El proyecto busca que el recaudo de la estampilla de que tratan las Leyes 66 de 1982 y 77 de 1985, se efectúe hasta la terminación de la Ciudadela Universitaria y la Facultad de Medicina de la Universidad de Tolima. Así mismo, busca que los establecimientos públicos de orden nacional, con excepción de los educativos, recauden la estampilla Pro-Facultad de Medicina y Ciudadela Universitaria en las operaciones que lleven a cabo dentro de la jurisdicción del departamento del Tolima.