El proyecto busca que se reconozca a los Depósitos Judiciales, consignados en efectivo, un interés del dos por ciento mensual (2%) el cual comenzará a contarse a partir de la fecha de la correspondiente consignación y que será liquidado y pagado por la respectiva entidad bancaria al momento de hacerlo efectivo, a favor de quien lo presente legalmente. Ello con el propósito de que parte de ese rendimiento obtenido por la entidad bancaria, debe repartirse a favor de quien en últimas es es beneficiario.