Política

No. Senado: 73/98

Por la cual se reforma el artículo 5 y se derogan los artículos 7, 8, 10 y 11 del Decreto 2158 de 1948, adoptado por el Decreto 4133 de 1948 como legislación permanente (Código Procesal del Trabajo).

Presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Gustavo Cuello Iriarte Presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Gustavo Cuello Iriarte
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 1999

Sinópsis

El Proyecto busca que el artículo 5 del Decreto-ley 2158 de 1948, adoptado por el Decreto 4133 de 1948 quede de la siguiente forma: Competencia por razón de lugar. Fuero general. La competencia se determina por último lugar en donde haya sido prestado el servicio. Así mismo busca que en los lugares en donde no haya juez laboral, el respectivo juez civil conocerá de estos juicios conforme a los mandatos del artículo 25 de la Ley 11 de 1984.

Septiembre 09 de 1998
Radicado
Gaceta 180/98
Septiembre 11 de 1998
Publicación
Gaceta 180/98
Junio 20 de 1999
Archivado por Tránsito de Legislatura