El Proyecto busca que el artículo 5 del Decreto-ley 2158 de 1948, adoptado por el Decreto 4133 de 1948 quede de la siguiente forma: Competencia por razón de lugar. Fuero general. La competencia se determina por último lugar en donde haya sido prestado el servicio. Así mismo busca que en los lugares en donde no haya juez laboral, el respectivo juez civil conocerá de estos juicios conforme a los mandatos del artículo 25 de la Ley 11 de 1984.