El Proyecto busca que los resultados que generen las empresas cuya actividad sea la de recaudar encuestas en relación con las preferencias de orden electoral, puedan publicar sus datos hasta treinta días antes del día de dicha elección y que estas empresas tengan la facultad para realizar encuestas a particulares, movimientos político y partidos políticos hasta el último momento, pero dichos resultados no podrán ser divulgados por los medios de comunicación. Así mismo determina que las empresas encuestadoras deberán ser supervisadas a través de auditorias externas.