Las personas desplazadas que sean beneficiarias del régimen subsidiado en salud en el municipio expulsor conservarán el subsidio en el municipio receptor. Para dichos efectos el Gobierno Nacional reglamentará un sistema móvil para la Unidad de Pago por Capitación, UPC, y el cruce de cuentas entre las respectivas Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, IPS, y municipios.