Serán sancionados con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes los ciudadanos que arrojen al espacio público basuras, latas, botellas, desperdicios orgánicos o inorgánicos o cualquier tipo de producto. Las empresas de carácter privado cuya función sea la recolección de basuras e incumplan con sus labores, de acuerdo con las horas estipuladas en los cronogramas de trabajo, deberán cancelar una multa equivalente a cincuenta (50) salarios mínimos legales diarios vigentes.