Política

Número de Cámara: 397/05

Por el cual se reforman y complementan las Leyes 182 de 1995 y 335 de 1996, para ordenar la televisión por suscripción, garantizar la prevalencia del interés general, estimular y proteger las formas asociativas y solidarias de propiedad que establece la Constitución Nacional, el debido proceso y se dictan otras disposiciones.

Miguel de Jesús Arenas Prada
Liberal Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2006

Sinópsis

Con el propósito de ordenar la televisión por cable, la Comisión Nacional de Televisión deberá implementar y hacer cumplir el Plan de Promoción y Formalización de la Televisión por Suscripción Cableada a un plazo de tres (3) años a los operadores zonales, como período de consolidación y para cumplir con el montaje de la infraestructura nece-saria para garantizar la eficiente prestación del servicio, previa reglamentación que deberá expedirse en un plazo de tres (3) meses de promulgada esta ley. Con el propósito de garantizar la democratización del servicio de televisión por suscripción y contar con capital para el desarrollo de la industria de la televisión por cable, los concesionarios podrán constituir sociedades comerciales, industriales o de economía mixta en las que pueda existir capital extranjero hasta en un 40%.

Junio 03 de 2005
Radicado
Junio 07 de 2005
Publicación
Gaceta 334/05
Junio 20 de 2006
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