Política

Número de Cámara: 330/05

Por medio del cual se establece la obligación de dispensadores de condones en establecimientos públicos y se dictan otras disposiciones.

Venus Albeiro Silva Gómez
Polo Democrático Alternativo
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2005

Sinópsis

El proyecto de ley tiene como objeto obligar a establecimientos públicos, afines con actividades comerciales y sociales, tales como clubes, residencias, moteles, bares, discotecas, tabernas, hoteles, casas de lenocinio, wiskerías, droguerías, misceláneas, paraderos, universidades y demás establecimientos públicos, a tener como mínimo un dispensador de condones, en un lugar visible, público y de fácil acceso, con el fin de que el usuario obtenga directamente el preservativo a un bajo costo. El proyecto recoge una serie de puntos en salud pública que al estudiarlos y enfocarlos en forma detallada denotan las consecuencias que causa en la población el bajo control de las enfermedades de transmisión sexual, embarazos no deseados de los menores y el difícil acceso de los jóvenes para poder adquirir métodos anticonceptivos, "condones".

Marzo 29 de 2005
Radicado
Abril 01 de 2005
Publicación
Gaceta 139/05
Junio 10 de 2005
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 366/05
Junio 20 de 2005
Archivado por Tránsito de Legislatura