Política

Número de Cámara: 45/05

Por medio del cual se dictan reglas relativas a la vida útil y reposición de vehículos de transporte colectivo de pasajeros y/o mixto de radio de acción metropolitano, distrital o municipal, a la reposicion de vehículos de transporte masivo de pasajeros y se dictan otras disposiciones.

Carlos Enrique Soto Jaramillo
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Gina Parody D'Echeona
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 21 de 2006

Sinópsis

El recurrente incumplimiento de los términos de la vida útil tiene como una de sus más dramáticas consecuencias el deterioro de las condiciones ambientales en los principales conglomerados urbanos del país, por ésta razon el presente proyecto de ley establece que en lo sucesivo, la vida útil de los vehículos que ingresen a prestar el servicio público de transporte tendrán una vida útil de 15 años. Hacemos notar que NO se modifican las condiciones de vida útil de los vehículos que actualmente están prestando el servicio público, pues la norma aplicará únicamente para los que ingresen.

Agosto 02 de 2005
Radicado
Agosto 05 de 2005
Publicación
Gaceta 494/05
Junio 21 de 2006
Archivado por Tránsito de Legislatura