Política

Número de Cámara: 270/06 No. Senado: 199/05

Por medio del cual se propone el referendo para la reelección.

Jimmy Chamorro Cruz
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Estado actual: Archivado en Debate Junio 25 de 2007

Sinópsis

El artículo 197 de la Constitución Política quedará así: Nadie podrá ser elegido Presidente de la República por más de dos (2) períodos.

Diciembre 09 de 2005
Radicado
Diciembre 14 de 2005
Publicación
Gaceta 900/05
Mayo 11 de 2006
Publicada ponencia primer y tercer debate
Gaceta 113/06 125/06
Junio 25 de 2007
Archivado en Debate