Política

Número de Cámara: 260/06 No. Senado: 60/06

Por el cual se modifica la Ley 546 de 1999 y se destinan recursos para la vivienda de interés social.

Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Sandra Suárez Pérez Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Sandra Suárez Pérez
Estado actual: Sancionado como Ley Diciembre 27 de 2006

Sinópsis

De conformidad con el artículo 51 y el numeral 2 del artículo 359 de la Constitución Nacional, de los recursos del Presupuesto Nacional se asignará una suma anual equivalente a ochocientos sesenta mil (860.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes, conel objeto de destinarlos al otorgamiento de Subsidios de Vivienda de Interés Social Urbana y Rural. La partida presupuestal de que trata este artículo no podrá ser objeto en ningún caso de recorte presupuestal. El Gobierno destinará anualmente el treinta por ciento (30%) de los recursos presupuestales apropiados para VIS Rural. Al final de cada semestre si no se hubiere colocado el total de los recursos en la vivienda rural, el remanente se destinará a atender la demanda urbana.

Marzo 17 de 2006
Radicado
Marzo 31 de 2006
Publicación
Gaceta 54/06
Abril 28 de 2006
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 91/06
Mayo 03 de 2006
Aprobado Primer Debate
Gaceta 178/06 261/06
Junio 13 de 2006
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 194/06
Junio 14 de 2006
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 230/06 697/06
Septiembre 26 de 2006
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 410/06
Noviembre 22 de 2006
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 376/06 600/06
Noviembre 30 de 2006
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 600/06
Diciembre 11 de 2006
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 669/06 58/07
Diciembre 12 de 2006
En Conciliación
Gaceta 649/06 651/06
Diciembre 13 de 2006
Aprobada Conciliación
Gaceta 26/07 72/07
Diciembre 27 de 2006
Sancionado como Ley
Gaceta 35/07