El objetivo general del Convenio es garantizar la realización de los principios de igualdad y universalidad al permitir a las personas que aspiran a obtener una pensión, validar el tiempo cotizado por un afiliado a un sistema de pensiones de cualquiera de los dos países, a efectos de reconocer las pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivientes, bajo las condiciones y con las características de la legislación nacional que se aplique en el momento en el cual el afiliado solicite la prestación. También prevé el acceso a los sistemas de salud de quienes se encuentren en su calidad de pensionados, así como la asistencia recíproca y la colaboración administrativa entre las instituciones de las Partes para el reconocimiento de los derechos allí incorporados, y la debida y eficaz ejecución del Acuerdo.