Política

Número de Cámara: 44/05

Por medio del cual se adiciona un parágrafo al artículo 6 de la Ley 44 de 1990.

Estado actual: Archivado en Debate Noviembre 09 de 2005

Sinópsis

Proyecto de ley que propone que el impuesto predial unificado para los salones comunales de propiedad de las Juntas de Acción Comuna sea abolido, puesto que no constituye un tributo que apele a las características de justicia y equidad en el Estado Social de Derecho. Así lo ha entendido, por ejemplo, el Distrito Capital, quien desde 1993 excluyó a las Juntas de Acción Comunal del pago de este Impuesto.

Agosto 02 de 2005
Radicado
Agosto 05 de 2005
Publicación
Gaceta 494/05
Septiembre 05 de 2005
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 704/05
Noviembre 09 de 2005
Archivado en Debate