A partir de la vigencia de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339 y 341 de nuestra Constitución Política, autorízase al Gobierno Nacional para efectuar asignaciones presupuestales en cuantía de setecientos millones de pesos ($700.000.000) e incorporarlas en las leyes de presupuesto, ley de apropiaciones y plan nacional de desarrollo, a fin de lograr el diseño, dotación y construcción de las siguientes obras en el municipio de Villanueva, departamento de La Guajira:
a) Adecuación y dotación para la Escuela de Música "Cuna de Acordeones", en cuantía de doscientos cincuenta millones de pesos ($250.000.000);
b) Construcción de la Casa-Museo "Dinastías Musicales", en donde se expondrán las fotografías, instrumentos y elementos de los más notables compositores, acordeonistas e intérpretes de la música vallenata, nacidos en el municipio de Villanueva, en cuantía de cuatrocientos millones de pesos ($400.000.000);
c) Construcción de un monumento simbólico del Festival Cuna de Acordeones, en el sitio que determinen la Junta Directiva del Festival y las autoridades municipales, en cuantía de cincuenta millones de pesos ($50.000.000).