Política

Número de Cámara: 21/05 No. Senado: 213/05

Por el cual se modifica el período de los personeros municipales, distritales y el Distrito Capital.

Estado actual: Sancionado como Ley Junio 22 de 2006

Sinópsis

A partir de 2008 los Concejos Municipales o Distritales según el caso, para períodos institucionales de cuatro (4) años, elegirán Personeros Municipales o Distritales, dentro de los primeros diez (10) días del mes de enero del año siguiente a la Elección del correspondiente Concejo. Los Personeros así elegidos, iniciarán su período el primero (1º) de marzo siguiente a su elección y lo concluirán el último día del mes de febrero y podrán ser reelegidos por una sola vez para el período siguiente.

Julio 21 de 2005
Radicado
Julio 29 de 2005
Publicación
Gaceta 453/05
Agosto 24 de 2005
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 570/05
Octubre 12 de 2005
Aprobado Primer Debate
Gaceta 755/05
Octubre 14 de 2005
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 755/05
Diciembre 14 de 2005
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 31/06
Marzo 23 de 2006
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 48/06
Abril 19 de 2006
Aprobado Tercer Debate
Abril 26 de 2006
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 84/06
Mayo 09 de 2006
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 113/06 137/06
Mayo 11 de 2006
En Conciliación
Gaceta 110/06 133/06
Mayo 30 de 2006
Aprobada Conciliación
Gaceta 186/06 219/06
Junio 22 de 2006
Sancionado como Ley
Gaceta 235/06