Artículo 1º. Objetivo general. La presente ley tiene como objetivo general desarrollar, definir, regular y fomentar mediante normatividad especial, el trabajo asociado de naturaleza cooperativa y diferenciarlo de las demás modalidades bajo las cuales se puede desarrollar el trabajo.
Artículo 2º. Campo de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente ley, se aplicarán a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.