La razón de ser de esta iniciativa legislativa obedece a la necesidad de ordenar, modificar y adicionar las disposiciones contenidas en el hoy Título II Patrimonio Cultural de la Nación de la Ley 397 de 1997, las cuales en algunos casos han sido modificadas por normas posteriores o Sentencias de la Corte Constitucional, en otros porque deben ajustarse a las nuevas manifestaciones del patrimonio como es el caso del paisajístico, así como el otorgarle a las entidades encargadas del manejo del patrimonio las herramientas coercitivas suficientes y fuertes en procura de su protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación.