El proyecto de ley tiene por objeto:
1. Derogar los artículos 10 y 11 y modificar el artículo 160 de la Ley 769 de 2002, con el fin de eliminar la duplicidad de funciones existentes entre el Ministerio de Transporte (artículos 8º y 9º de la Ley 769 de 2002) y la Federación Colombiana de Municipios respecto al sistema integrado de información sobre Multas y Sanciones (SIMIT).
2. Corregir los errores de forma existentes en los artículos 94, 101, 116, 152, 157 y el Capítulo IV del Título IV de la Ley 769 de 2002.
3. En el artículo 5º del proyecto de ley se modifica el artículo 17 para evitar el monopolio otorgado en el mismo.
4. Se modifican los artículos 18, 19, 22 y 23 de la Ley 769 de 2002 con el fin de adecuar los aspectos esenciales que determinan la expedición y vigencia de las licencias de conducción.
5. En el artículo 7º de este proyecto de ley se propone modificarse el artículo 36 de la Ley 769 de 2002, con el fin de no amarrar la ficha técnica de las licencias de tránsito a una tecnología específica.
6. Modificar el artículo 129, para eliminar las inconsistencias que presenta en cuanto a la imposición de multas por las infracciones de tránsito.